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Desde la entrada en vigor de la Directiva 2014/95/UE sobre divulgación de información no financiera y diversidad destinada a determinadas grandes empresas y grupos, los Estados miembros de la Unión Europea han procedido a la transposición de esta norma al ordenamiento jurídico estatal. España transpuso dicha normativa mediante el Real Decreto-Ley 18/2017 sobre información no financiera y diversidad. Después aprobó la Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad que sitúa a España como referente a nivel europeo en materia de divulgación de información no financiera y diversidad, elevando los niveles de exigencia en cuanto a transparencia y fiabilidad en el reporting de estos datos.

 

¿Afecta a mi empresa?

Desde 2019 la norma es de aplicación a las sociedades de capital y sociedades que formulen cuentas consolidadas que cumplan las siguientes condiciones:

A     Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500.

B   Que, o bien tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

1             Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.

2             Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.

3             Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250.

 

¿Cómo se amplía el alcance a partir de los tres años después de la entrada en vigor de la nueva Ley?

Transcurridos tres años de la entrada en vigor de esta legislación, es decir en 2021, el alcance se amplía a las sociedades que formulen cuentas consolidadas con más de 250 trabajadores que o bien tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas, exceptuando a las entidades que tienen la calificación de empresas pequeñas y medianas de acuerdo con la Directiva 2013/34/UE, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de las circunstancias siguientes:

1             Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.

2             Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.

 

¿Qué áreas cubre el estado de información no financiera?

El estado de información no financiera debe incluir la información necesaria para comprender la evolución, los resultados, la situación de la sociedad o grupo de sociedades y el impacto de su actividad respecto a cuestiones medioambientales y sociales, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno, así como relativas al personal.

Este estado de información no financiera debe incluir:

  1. Una breve descripción del modelo de negocio de la empresa o grupo, que incluirá su entorno empresarial, su organización y estructura, los mercados en los que opera, sus objetivos y estrategias, y los principales factores y tendencias que pueden afectar a su futura evolución”
  2. Políticas, que incluyan los procedimientos de diligencia debida aplicados para la identificación, evaluación, prevención y atenuación de riesgos e impactos significativos y de verificación y control, considerando qué medidas se han adoptado.
  3. Resultados de dichas políticas e indicadores clave de resultados no financieros, que permitan el seguimiento y evaluación de los progresos y que favorezcan la comparabilidad entre sociedades y sectores.
  4. Principales riesgos vinculados a las actividades de la empresa, entre ellas: sus relaciones comerciales, productos o servicios que puedan tener efectos negativos en esos ámbitos, y las formas de gestionar dichos riesgos por parte de la empresa.

Transversalmente el nuevo marco regulatorio exige a las empresas informar sobre las siguientes cuestiones:

  • Gestión ambiental y salud y seguridad.
  • Contaminación: principalmente medidas para prevenir, reducir o reparar las emisiones de carbono.
  • Economía circular y gestión de residuos.
  • Gestión del agua, consumo de materias primas, eficiencia energética y uso de energía renovables.
  • Cambio climático: considerando elementos de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero.
  • Protección de la biodiversidad.
  • Empleo: información relativa a número total y distribución de empleados por sexo, edad, país y clasificación profesional; número total y distribución de modalidades de contrato de trabajo, número de despidos, remuneraciones medias y su evolución, brecha salarial, la remuneración de puestos de trabajo iguales o de media de la sociedad, la remuneración media de los consejeros y directivos, implantación de políticas de desconexión laboral, empleados con discapacidad.
  • Organización del tiempo de trabajo; número de horas de absentismo; medidas destinadas a facilitar el disfrute de la conciliación.
  • Salud y seguridad: condiciones de salud y seguridad en el trabajo
  • Relaciones sociales: organización del diálogo social y convenio colectivo por país.
  • Formación de los empleados.
  • Accesibilidad universal de las personas con discapacidad
  • Igualdad: gestión de la diversidad: igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres; planes de igualdad, la integración y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad, políticas contra todo tipo de discriminación.
  • Información sobre el respeto de los derechos humanos.
  • Información relativa a la lucha contra la corrupción y el soborno.
  • Compromisos de la empresa con el desarrollo sostenible: el impacto de la actividad en el empleo y el desarrollo local. Diálogo con las comunidades.
  • Subcontratación y proveedores: política de compras de cuestiones sociales, de igualdad de género y ambientales.
  • Consumidores: medidas para la salud y la seguridad de los consumidores; sistemas de reclamación, quejas recibidas y resolución de las mismas.
  • Información fiscal: los beneficios obtenidos país por país; los impuestos sobre beneficios pagados y las subvenciones públicas recibidas

 

Verificación de la información no financiera

Según establece la Ley, la información reportada debe ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación. La verificación tiene como objetivo obtener evidencias de que el estado de información no financiera está libre de cualquier error relevante y así, aportar fiabilidad.

Los indicadores clave elegidos deben ser precisos, comparables y verificables además de adecuarse a la actividad empresarial y cumplir con los criterios de comparabilidad, materialidad, relevancia y fiabilidad.

 

¿Cómo se debe presentar el estado de información no financiera?

  • Incluir en el Informe de Gestión el estado de información no financiera (consolidado).
  • Emitir un informe separado de información no financiera, en el que se indique de manera expresa que dicha información forma parte del Informe de Gestión de la compañía.

 

¿Cuándo se debe publicar el estado de información no financiera?

Los administradores de la sociedad están obligados a formular, en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión, que incluirá el estado de información no financiera.

Además, este informe se debe poner a disposición pública en la página web de la compañía, dentro de los seis meses posteriores a la fecha de finalización del año financiero y estar disponible por un período de cinco años.

 

Pasos

  1. Confirmar la Materialidad de la Información
  2. Solicitar y recopilar la información
  3. Analizar la información recopilada
  4. Redactar el estado de información no financiera
  5. Realizar la verificación externa (hay que tener en cuenta que esto requiere de un plazo mínimo de algunas semanas)
  6. Aprobar
  7. Publicar

Las empresas punteras llevan avanzando en la información no financiera ya mucho tiempo. Es habitual que aporten información sobre la gobernabilidad, la transparencia, la sostenibilidad y la RSE. Esta ley anima a reflexionar, tomar acción, explicitar y medir lo que las empresas hacen en este sentido. La ley no hace más que motivar a hacerlo mejor.

En MA3 tenemos experiencia en elaborar informes anuales o memorias que incluyan estos aspectos desde la recopilación de datos hasta su redacción, diseño, maquetación y publicación. Si quieres más información, contáctanos.

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